Las cesantías son un fondo de ahorro obligatorio en Colombia establecido en el Art. 249 del Código Sustantivo del Trabajo. Equivalen a un salario mensual por año trabajado y se depositan en un fondo administrador (FIC o Fondo Nacional del Ahorro) cada año antes del 14 de febrero.
Adicionalmente, el empleador debe pagar intereses sobre las cesantías del 12% anual (1% mensual), calculados sobre el saldo de cesantías acumulado a 31 de diciembre. Estos intereses se pagan directamente al trabajador antes del 31 de enero del año siguiente, no se depositan en el fondo.
La base de cálculo de las cesantías incluye el salario bruto más el auxilio de transporte (si aplica). Al terminar el contrato, tienes derecho a retirar las cesantías acumuladas más los intereses proporcionales al tiempo trabajado en el último año.
📊 Ejemplo práctico
Trabajador con salario de $2.000.000/mes con auxilio de transporte, 2 años completos:
• Base anual = ($2.000.000 + $249.095) × 12 = $26.989.140 • Cesantías 1 año = $2.249.095 × 1 = $2.249.095 • Cesantías 2 años = $4.498.190 • Intereses 12%: $4.498.190 × 12% = $539.783 → Total a retirar: $5.037.973
Calculadora de Cesantías
Un salario mensual por año + intereses 12% anual — Art. 249 CST
$
años
Cesantías
—
fondo administrador
Intereses (12%)
—
pago directo
Total cesantías
—
cesantías + intereses
Salario base mensual—
Auxilio de transporte—
Base mensual total—
Tiempo trabajado—
Cesantías (base × años)—
Intereses cesantías (12% anual)—
Total cesantías + intereses—
⚠️ El empleador debe consignar las cesantías en el fondo antes del 14 de febrero de cada año. Los intereses (12% anual) se pagan directamente al trabajador antes del 31 de enero. No consignar a tiempo genera sanción de un día de salario por cada día de mora.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se consignan las cesantías en Colombia?
El empleador debe consignar las cesantías en el fondo elegido por el trabajador antes del 14 de febrero de cada año. Los intereses sobre cesantías (12% anual) se pagan directamente al trabajador antes del 31 de enero. Si el empleador no cumple estos plazos, incurre en mora y debe pagar una sanción de un día de salario por cada día de retraso.
¿El auxilio de transporte cuenta en las cesantías?
Sí. El auxilio de transporte ($249.095 en 2026) se suma al salario para calcular cesantías, intereses sobre cesantías y prima de servicios. Es un error común de los empleadores no incluirlo en la base, lo que genera obligaciones adicionales al liquidar el contrato.
¿Puedo retirar las cesantías sin terminar el contrato?
Sí, en casos específicos autorizados por la ley: compra, construcción o mejora de vivienda propia, pago de impuestos para vivienda, y para gastos de educación superior del trabajador o sus hijos. El fondo exige documentos que acrediten el destino.
¿Qué pasa con las cesantías al terminar el contrato?
Al terminar el contrato, el empleador debe liquidar las cesantías proporcionales al último período (desde la última consignación hasta la fecha de retiro) y pagarlas directamente al trabajador, más los intereses proporcionales. El fondo entrega lo acumulado en años anteriores directamente.
¿Las cesantías pagan impuestos en Colombia?
Las cesantías por retiro son exentas de retención en la fuente siempre que el trabajador las use para los fines autorizados (vivienda o educación). Si las recibe en efectivo al terminar el contrato, están exentas hasta ciertos límites según el Estatuto Tributario.